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Multas que establece el proyecto reforma al Código de Aguas

Multas que establece el proyecto reforma al Código de Aguas

(21 agosto 2017) La semana pasada, la sala del Senado, sin votos en contra, aprobó en particular el proyecto de ley que modifica el Código de Aguas en materia de información, fiscalización y sanciones, reforzando las atribuciones de la Dirección General de Aguas (DGA).

Proyecto que exige mayor información para saber cuánta agua se dispone en cada una de las cuencas, da herramientas para la fiscalización, establecen sanciones efectivas y disuasivas para quienes infrinjan la ley y se otorga, por primera vez atribuciones y funciones a la DGA en materia de calidad de aguas.

El Ejecutivo ingresó el 2016 indicaciones al proyecto sobre fiscalización y sanciones, aprobándose en general en la Comisión de Recursos Hídricos y luego, en enero pasado, por la sala del Senado. Después, entre marzo y julio de este año, las comisiones de Recursos Hídricos y de Hacienda, respectivamente, despacharon las indicaciones presentadas por el Ejecutivo y parlamentarios, concluyendo hoy dicho trámite con la votación en sala del Senado, para regresar dicho proyecto a la Cámara de Diputados para su aprobación o, eventualmente, para discutirse en Comisión Mixta.

En el actual Código de Aguas, la regla general es una sanción máxima de 20 Unidades Tributarias Móviles (UTM) aplicada por tribunales, mientras que con la modificación, las sanciones pueden aumentar hasta 100 veces, según el caso, siendo aplicadas directamente por la DGA. Las sanciones irán del primer al quinto grado, según el tipo de contravención de que se trate, con multas que fluctuarán de 10 a 50 UTM, para el primer grado; de 51 a 100 UTM, para el segundo grado; serán de 101 a 500 UTM para el tercer grado; de 501 a 1.000 UTM en el cuarto grado y de 1.001 a 2.000 UTM en el quinto grado, para el caso de quienes falsean o duplican títulos para inscripciones fraudulentas.

Fuente. El Tipógrafo.